El objetivo de este real decreto es establecer medidas destinadas a la prevención de la generación de residuos procedentes de vehículos y a la recogida, a la preparación para la reutilización, al reciclado y otras formas de valorización de los vehículos al final de su vida útil, incluidos sus componentes.
NOVEDADES DEL NUEVO REAL DECRETO PARA LOS CENTROS CAT
- TODOS LOS VEHÍCULOS, NO SOLO LOS AUTOMOVILES, SERAN DADOS DE BAJA EN UN CENTRO CAT
Todos los vehículos susceptibles de ser matriculados por la Dirección General de Tráfico (DGT), no solo automóviles, tendrán que ser dados de baja en un Centro Autorizado de Tratamiento (CAT).
LOS REPUESTOS DE LOS VEHÍCULOS PREPARADOS PARA SER REUTILIZADOS DEBEN CUMPLIR UNA SERIE DE CONDICIONES
Se incorpora una nueva exigencia en cuanto a preparación para la realización , siendo la más relevante la exigencia de un certificado que deberá acompañar a las piezas reutilizadas, aunque permite que la información del mismo pueda ir incluida en la factura correspondiente.
El documento también especifica los criterios para diferenciar si un traslado de piezas de un vehículo que se desguaza se considera traslado de residuos o traslado de productos, con el objetivo de facilitar la preparación para la reutilización de esas piezas como repuesto para otro coche.
- EL PROCEDIMIENTO DE LA BAJA ELECTRONICA DE VEHICULOS VIENE EXPLICADO PASO POR PASO
Se regula la baja electrónica de los vehículos descontaminados al final de su vida útil y los requisitos mínimos que deben cumplir todas las instalaciones que traten estos vehículos, y no solo automóviles como sucedía hasta ahora.
- FORMACION CUALIFICADA DE LOS PROFESIONALES
Aquellos CAT que traten vehículos eléctricos e híbridos, en especial para la extracción de las baterías, deberán disponer de profesionales con una cualificación específica.
- MODIFICACIÓN DEL REGLAMENTO GENERAL DE VEHÍCULOS
Por otro lado, se introducen modificaciones al Reglamento General de Vehículos, con el objeto de mejorar los procedimientos administrativos para velar por una correcta gestión de los residuos generados; incorporar nuevos mecanismos de control que eviten la exportación ilícita o no contrastada de residuos; aportar mayor fiabilidad a los datos del Registro de Vehículos; mejorar la seguridad vial, evitando la puesta en circulación de vehículos que no reúnen las condiciones técnicas exigidas legalmente; y precisar los supuestos de baja temporal.
- COMUNICACIÓN POR PARTE DE LOS CENTROS CAT YA AUTORIZADOS CON EL RD 20/2017 A LA CONSEJERIA DE TRANSICION ECOLOGIA… DEL GOBIERNO DE CANARIAS
En el plazo de 6 meses desde la entrada en vigor del RD (15 de Abril de 2021) los Centros CAT deben comunicar los nuevos códigos LER y en su caso la adaptación de las instalaciones si supone variación a la autorización anterior según determine la Consejería.
16 01 04* 10 Automóviles al final de su vida útil.
16 01 04* 20 Vehículos al final de su vida útil no incluidos en el LER 16 01 04* 10.